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Particulares y Empresas_

Asesoramiento. ¿Compra  o  vende una vivienda? ¿Tramita una división patrimonial por separación o divorcio? ¿Su empresa se divide?.

Revisión Catastral. El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) se calcula con el valor catastral, el cual revisa periódicamente la administración. En el caso de que el valor de mercado de su vivienda sea inferior al valor catastral, se puede realizar una reclamación justificada a la administración, con el fin de reducir dicho impuesto. Solicite la estimación del valor de mercado de su inmueble y en el caso de que este sea inferior al valor catastral, realizaremos la reclamación que corresponda dependiendo de la particularidad de cada caso.

Patrimonios.
Herencias,  divisiones  patrimoniales, derechos reales, usufructos, nuda propiedad, bienes mobiliarios, etc. Valoramos e inventariamos todo su patrimonio, para cualquier finalidad y todo tipo de inmuebles.

Operaciones vinculadas. Con efecto para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2011, se introducen modificaciones en la Ley del impuesto de Sociedades. Si su empresa tiene operaciones con entidades o personas vinculadas, debe valorarlas a precio de mercado.

Expropiaciones. Asesorar en el procedimiento EXPROPIATORIO y obtendrá el mayor valor posible de sus bienes o derechos.

Estados contables.
El Plan General de Contabilidad (PGC) determina en el caso concreto de la existencia de terrenos y solares que deberán constar en la contabilidad por su precio de adquisición. La valoración y tasación de bienes tiene las siguientes fases:
  • Inspección física: Para determinar estados de uso y conservación y contrastar información técnica y de identificación.
  • Análisis de la información: Para contrastarla con datos fiables sobre bienes similares, precios de mercado y suministradores de bienes o equipos de igual naturaleza al bien a valorar.
  • Determinación de valores: Aplicación de las normas de tasación en vigor. Si se trata de inmuebles, la norma es la Orden ECO vigente.
Contacto
Plazo de entrega y documentación necesaria a aportar por el solicitante, Tasaciones PARTICULARES:

Documentación: Fotocopia Escritura de propiedad o Nota simple del Registro.

Plazo de entrega: 48 h. desde la visita al inmueble y obtención de toda la documentación necesaria, para el caso de viviendas y locales comerciales. 72 h. para el caso de solares y naves industriales.

TARIFAS Tasaciones PARTICULARES_ Si lo que desea es una TASACIÓN PARTICULAR, puede ponerse en contacto con nosotros, para facilitarle un presupuesto personalizado.

E-mail: tasaciones@nasai.es · Teléfono + 34 96 341 10 66 · Fax +34 96 342 38 66.


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